Las empresas de telefonía móvil y de comunicaciones personales que operan en Panamá tendrán un plazo de 90 días calendario para implementar el registro y conservación de datos personales de los usuarios de chip o tarjeta SIM con líneas de prepago.
Mediante nota de prensa, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) recordó que, el cumplimiento de esta medida es necesaria, porque responde a razones de seguridad nacional, debido a la trazabilidad y los fines que se otorgan para el uso de estos chips, que al no estar registrados son aprovechados por delincuentes, para cometer delitos de estafa, secuestros, extorsión y fraudes, entre otros.
Para adquirir una línea de prepago, las empresas de telefonía móvil y servicios de comunicaciones personales deben cumplir con la obligación de capturar una foto de la cédula de identidad personal del comprador y una foto de su rostro, a través de los medios tecnológicos a su disposición y según los lineamientos de la Resolución 18397-Telco de 26 de abril de 2023 de la ASEP, que estableció las directrices para el cumplimiento de las disposiciones señaladas en la Ley 51 de 18 de septiembre de 2009 y su modificación, que dicta normas para la conservación, la protección y suministros de datos de usuarios de los servicios de telecomunicaciones y adopta otras disposiciones.
Para facilitar el proceso de activación de las tarjetas prepago y evitar la migración de usuarios entre operadores, que pretendan evadir la regulación, los operadores coordinaron recíprocamente un modelo único para la captura de los datos personales de los clientes.
De acuerdo con la Resolución de la ASEP, en el caso de los menores de edad que utilicen líneas de prepago, el proceso debe ser realizado por sus padres o una persona adulta responsable del menor.
El proceso de activación implementado en Panamá es similar al aplicado en otros países, en que el propio usuario introduce su imagen y datos personales al momento de activar una línea prepago.
Se informó que aquellos usuarios que ya cuentan con una línea prepago deben registrarla ante su respectivo operador en los próximos seis meses. De no hacerlo, la compañía procederá a suspender el servicio telefónico.
De igual forma, los operadores deben bloquear de “manera inmediata” la línea móvil prepago cuando el usuario notifique la pérdida o robo de la tarjeta SIM o chip.
Los usuarios que tengan líneas telefónicas bajo contrato de servicios/postpago están exentos de aplicar esta medida, debido a que sus datos ya se encuentran registrados por su operador respectivo.