JD-5897 de 2006-03-14
Por la cual se establecen las cifras de población por sistema, que deberá utilizar el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, para el cálculo del valor correspondiente a la Meta No. 2, establecida en la Resolución No. JD-2914 de 14 de agosto de 2001. Resolucion https://asep.gob.pa/wp-content/uploads/agua/resoluciones/JD-5897.pdf