La Autoridad Nacional de los Servicios (ASEP) realizó una audiencia para atender la objeción técnica presentada por la empresa Aproinsa, S.A., concesionaria de la frecuencia 97.7 MHz en la provincia de Bocas del Toro, en contra de la solicitud de modificación de los parámetros técnicos presentada por la concesionaria Corporación de Inversiones Privada, S.A., quien también tiene autorizada la frecuencia 97.7 MHz en la provincia de Chiriquí.
Este tipo de audiencias se celebran cuando un concesionario del servicio de radio y televisión se opone a que se autorice la modificación de los parámetros técnicos que haya solicitado otro concesionario, que opere una frecuencia de radio AM, FM o canal de televisión, debido a que, con dichas modificaciones, podría verse interferido perjudicialmente o se afecte de alguna manera los derechos de su concesión.
La audiencia tiene como propósito que ambas concesionarias sustenten técnicamente las condiciones para aprobar o rechazar la solicitud de modificación presentada.
Para la atención y celebración de las audiencias de las objeciones técnicas, se sigue el procedimiento establecido en la resolución JD-2498 de 30 de noviembre de 2000 y durante el desarrollo la misma la Autoridad Reguladora escucha los argumentos que expongan las empresas concesionarias (Solicitante y Objetante), para la posterior toma de decisión.






