Dirección Nacional de Telecomunicaciones
Las Telecomunicaciones en la República de Panamá constituyen un servicio público, y como tal, se encuentran reguladas por la Ley No. 31 de 8 de febrero de 1996, la cual tiene el objetivo fundamental de acelerar la modernización y el desarrollo del sector, promover la inversión privada en el mercado, extender su acceso, mejorar la calidad de servicios provistos, promover tarifas bajas al usuario y la competencia leal, en la provisión de los servicios de telecomunicaciones.
Las telecomunicaciones incluyen toda transmisión, emisión o recepción de los signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por medio de líneas físicas, emisiones radioeléctricas, medios ópticos o por cualquier otro sistema o medio de transmisión existente o que exista en el futuro.
De manera similar los servicios públicos de Radio y Televisión se encuentran regulados por la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, la cual establece el fundamento legal y técnico para la operación de estos servicios y adicionalmente señala las funciones que tendrá la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos como organismo regulador en esta materia.
Esta Autoridad, a través de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones, tiene la finalidad de regular, ordenar, fiscalizar y reglamentar eficazmente, entre otros, la operación y administración de los servicios de telecomunicaciones, los de radio y televisión, así como el espectro radioeléctrico; y se manifiesta a través de las resoluciones que dicta de conformidad a las disposiciones legales que regulan la materia.