La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), en cumplimiento de sus funciones legales de regulación, control y fiscalización, efectuó auditorías en establecimientos comerciales de los centros comerciales Albrook Mall, EL Dorado Mall y Los Andes, en relación con el cumplimiento de las disposiciones que regulan la comercialización de equipos receptores IPTV, establecidas en la Resolución AN No. 21605 del 30 de abril de 2026.

La jornada, organizada por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones (TELCO), también tuvo como objetivo informar a los agentes económicos sobre el alcance de la citada resolución, con el fin de prevenir prácticas que permitan el acceso o retransmisión no autorizada de señales y contenidos.

Estos equipos, cuando son utilizados con aplicaciones o plataformas que permiten acceder y retransmitir canales de televisión sin la debida autorización, pueden afectar los derechos de los concesionarios de servicios de televisión pagada y de los proveedores de contenido, y a su vez, constituyen un riesgo para la seguridad de los usuarios, debido a que permiten el acceso a sus datos personales y sus credenciales.

El ingeniero William Del Río, Jefe del Departamento de Radio y Televisión de TELCO, explicó que durante las primeras visitas realizadas se ha identificado que algunos establecimientos comerciales desconocen el contenido de la resolución. No obstante, señaló que los agentes económicos visitados han mostrado su disposición para atender el cumplimiento de la normativa nacional.

Esta primera etapa de la auditoría tiene un carácter preventivo e informativo, por lo que la ASEP continuará con las jornadas de verificación a los establecimientos que comercializan este tipo de equipos.

Posteriormente, la entidad avanzará hacia una segunda fase, en coordinación con la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), dirigida a ejercer acciones sobre los agentes económicos que incumplan las disposiciones establecidas.

La ASEP advirtió que el incumplimiento de la normativa podrá dar lugar a sanciones administrativas, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse de la legislación penal, particularmente en materia de propiedad intelectual, estafa u otros delitos que resulten aplicables.”