Por la cual se otorga licencia provisional a favor de la empresa AEROGENERADORES EOLICOS, S.A. para la instalación, operación y explotación de un PARQUE EÓLICO, para la generación de energía eléctrica en la Comarca GNÖBE BUGLÉ, en los Corregimientos de Piedra Roja, Mününi, Cascabel y Jädeberi, pertenecientes a los Distritos de Kankintú, Mironó, y Nole Duima respectivamente.