POR LA CUAL SE APRUEBA LA METODOLOGÍA QUE CONSTA EN EL ANEXO A DE ESTA RESOLUCIÓN, PRESENTADA POR EL INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES PARA ESTIMAR EL CONSUMO MENSUAL DE AQUELLOS CLIENTES QUE CUENTEN CON MEDIDOR PERO A QUIENES POR ERROR EN LA LECTURA DEL MEDIDOR, FALTA DE LA MISMA, SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, NO SEA POSIBLE FACTURARLES DE ACUERDO CON CONSUMO MEDIDO.

Anexos

Resolucion