AN No. 16712-Elec de 2021-03-23
Por la cual se admite la queja, se ordena la investigación de los hechos y se comunica a la señora LUZMILA LEN DE HYLTON el procedimiento a seguir ante la interposición de la queja fundamentada en el derecho constitucional de petición, en contra de la EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A. (ETESA). Resolución https://asep.gob.pa/wp-content/uploads/electricidad/resoluciones/anno_16712_elec.pdf