Por la cual se constituye servidumbre forzosa a favor de la EMPRESA PROPIETARIA DE LA RED, S.A. (EPR), sobre un área de terreno de las Fincas No.8366 y 740, propiedad de la empresa CITRICOS, S.A., necesaria para el paso de la línea de transmisión para la interconexión eléctrica entre los países de América Central.