Por la cual se Acepta de Plano el desistimiento de la solicitud de constitución de servidumbres forzosas, incoado por la empresa AES CHANGUINOLA, S.A. sobre parte de las Fincas 5779 y 6176, de propiedad de la sociedad GROVEDALE ENTERPRISES, INC.; se declara sustracción de materia en el Recurso de Reconsideración interpuesto en contra de la Providencia de 20 de diciembre de 2011 y se ordena el archivo del expediente.

Resolución