Tras su introducción en Panamá en noviembre de 2010 los medidores prepago representan una alternativa para los clientes de bajos ingresos y una forma de contar con el sistema de energía eléctrica.
Este sistema, implementado bajo la regulación y normativas vigentes que establecen las leyes del país, funciona mediante la compra pre-pagada de energía, de acuerdo con la capacidad de pago real de las familias, principalmente aquellas con economía informal.
La propuesta de medidores prepago fue introducido mediante resolución AN-3970-Elec de 18 de noviembre de 2010 luego de una consulta pública realizada para conocer las ventajas y desventajas del proyecto.
En marzo de 2011 se aprueba el procedimiento para la aplicación del Sistema de Comercialización de Medidores Prepagos en la república de Panamá bajo la resolución AN-4337-Elec.
Esta resolución sufrió dos modificaciones con la finalidad de permitir la incorporación de más puntos de venta para facilitar el acceso a los clientes que tengan este sistema.
La modificación realizada al artículo 8 contempla que la empresa distribuidora registrará en el recibo del cliente la siguiente información: nombre de la empresa que presta el servicio, nombre del cliente, identificación del medidor o número identificador del cliente (NAC, NIS, etc.), valor de la suma abonada y PIN de recarga.
Mientras que la modificación al artículo 11, sobre las Obligaciones de las Distribuidoras, incorporó un nuevo elemento en que se debe suministrar al cliente, a través de sus oficinas de atención al cliente y/o su línea telefónica gratuita, toda la información que requiera referente sobre el valor de la tarifa; cantidad de energía comprada y valor del consumo que se realiza; así como información detallada del historial de pago de los últimos tres meses.