Por la cual el Ente Regulador de los Servicios Públicos exceptúa, por un periodo de un (1) año, a la empresa SYSTEM ONE WORLD COMMUNICATION, S.A., de su obligación de implementar la facilidad de Encaminamiento Automático
Por la cual el Ente Regulador de los Servicios Públicos exceptúa, por un periodo de un (1) año, a la empresa SYSTEM ONE WORLD COMMUNICATION, S.A., de su obligación de implementar la facilidad de Encaminamiento Automático