Por la cual se IMPONE, a la sociedad ROCAVILLA EXPORT-IMPORT, S.A., a la sociedad INDUSTRIAL SUPPLIES & TECHNICAL ASSISTANCE (INSTASA), y al señor HUMBERTO ALEXIS ANDERSON DOTTIN , con cédula de identidad personal No. 3-88-1586, multa por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BALBOAS (B/. 250,000.00) , por haber infringido lo dispuesto en el Numeral 1 del Artículo 56 de la Ley No. 31 de 8 de febrero de 1996, que corresponde a la prestación del servicio de telecomunicación básica internacional sin la correspondiente concesión.

Resolucion