Con el propósito de minimizar los rechazos por incumplimiento con los requisitos exigidos en las solicitudes a través de la plataforma SATEL, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos hace de conocimiento público que, fundamentada en lo dispuesto en la Ley 15 de 26 de enero de 1959, ha incorporado una nuevo requisito para la presentación de solicitudes de los servicios de Radio y Televisión Tipo B, sin uso del espectro radioeléctrico y Cambio de Parámetros Técnicos de frecuencias principales de radiodifusión.