Por la cual se establecen las cifras de población por sistema, que deberá utilizar el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), la Autoridad del Canal de Panamá, Aguas de Panamá, S.A. y Altos de Vistamares, S.A., para el cálculo del valor correspondiente a la Meta No. 2, establecida en la Resolución No. JD-2914 de 14 de agosto de 2001, modificada por la Resolución AN No.16781-Agua de 16 de abril de 2021.