Por la cual se resuelve el Procedimiento Administrativo Sancionador seguido a la EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A., EMPRESA DE DISTRIBUCCIÓN ELECTRICA CHIRIQUI, S.A., ENERGIA Y SERVICIOS DE PANAMÁ, S.A. SOLAR AZUERO VENTURE, S.A., EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA METRO OESTE, S.A. SALTOS DE FRANCOLI, S.A., EMPRESA NACIONAL DE ENERGIA, S.A., HIDRO BOQUERON, S.A., SOLAR PANAMÁ VENTURE, S.A, AZUCARRERA NACIONAL, S.A. HIDROELECTRICA SAN LORENZO, S.A., FOUNTAIN HYDRO POWER CORP.,GENERADORA DEL ATLANTICO, S.A., y TROPITERMICA, S.A., por el incumplimiento a normas vigentes en materia de electricidad.