Tarifas del Sector Eléctrico
El régimen tarifario de las empresas de distribución se detalla actualmente por niveles de consumo y de voltaje según corresponda cada caso, donde los clientes podrán elegir libremente cualquiera de las tarifas que se describen a continuación:
A. Tarifas para Clientes Conectados en Baja Tensión:
Son las tarifas correspondientes a un voltaje menor o igual de 600 voltios, que a su vez se clasifican de acuerdo con el nivel de suministro en:
Tarifa Baja Tensión Simple (BTS):
Esta tarifa corresponde a aquellos clientes cuya demanda máxima sea igual o menor a quince kilovatios (15 kW) mensuales y es una sola tarifa con tres (3) escalones de precio según el consumo de los clientes como se muestra a continuación:
Escalón 1: Para los clientes que tengan un consumo entre 0 a 300 kWh, se les facturará el Cargo por Energía correspondiente al escalón 1.
Escalón 2: Para los clientes que tengan un consumo mensual entre 301 y 750 kWh, los primeros 300 kWh serán facturados con el Cargo por Energía del escalón 1 y la energía (kWh) restante será facturados con el Cargo por Energía del escalón 2.
Escalón 3: Los clientes que tengan un consumo mensual mayor a 750 kWh, los primeros 300 kWh serán facturados con el Cargo por Energía del escalón 1, los siguientes 450 kWh serán facturados con el Cargo por Energía del escalón 2 y la energía (kWh) restante será facturado con el Cargo por Energía del escalón 3.
Tarifa simple con bloque horario (BTSH):
Para clientes cuya demanda máxima en el mes de facturación sea menor o igual a quince kilovatios (15 kW) y que soliciten esta opción tarifaria con discriminación horaria. Considera precios diferenciados para la energía leída en cada periodo, ya sea en punta y fuera de punta medio o bajo.
Tarifa prepago:
Para clientes con consumo entre 0 a 300 KWh mes, que se encuentren clasificados en tarifas donde no se les exija equipamiento de medición con registro de demanda y se disponga del equipo de medición prepago, en las Áreas de Cobertura del Prepago identificadas por las empresas distribuidoras y aprobadas por la ASEP.
Los clientes residenciales que estén fuera del área de cobertura prepago y los clientes con Tarifa Baja Tensión Simple (BTS) no residenciales podrán solicitar este servicio, pagando la diferencia de costos entre el medidor post-pago que utiliza y el prepago que instalará la distribuidora, de acuerdo con los costos de medidores con que cuente la empresa en el momento de la solicitud.
Tarifa con Demanda Máxima (BTD):
Para clientes con una demanda mayor a quince kilovatios (15 kW) por mes. A todos los clientes BTD se les aplicará un Cargo Fijo por cliente y un Cargo por Demanda Máxima por mes y un cargo por energía, dependiendo de los escalones que le correspondan de acuerdo con su consumo.
Tarifa por Bloque Horario (BTH):
Para clientes con demanda máxima mensual mayor a 15 kW, conectados en baja tensión que soliciten esta opción tarifaria. Esta tarifa considera precios diferenciados para los suministros de electricidad según si los suministros se efectúan en período de punta, en período fuera de punta medio y en período fuera de punta bajo del sistema eléctrico.
B. Tarifas para Clientes Conectados en Media Tensión:
Son las tarifas correspondientes a voltaje de suministro mayor de 600 voltios y menor de 115 kilovoltios y están clasificadas en:
Tarifa con Demanda Máxima (MTD):
Aplicable a todo cliente conectado en voltaje mayor que 600 V y menor que 115 kV.
Tarifa por Bloque Horario (MTH):
Aplicable a todo cliente conectado en voltaje mayor que 600 V y menor que 115 kV que lo solicite. Esta tarifa considera precios diferenciados para suministros en período de punta, en período fuera de punta medio y en período de fuera de punta bajo del sistema eléctrico.
C. Tarifas para Clientes Conectados en Alta Tensión:
Son las tarifas correspondientes a voltaje mayor de 115 kilovoltios y se clasifican en:
Tarifa con Demanda Máxima (ATD):
Es aplicable a cualquier cliente que la solicite.
Tarifa por Bloque Horario (MTH):
Aplicable a todo cliente conectado en voltaje mayor que 600 V y menor que 115 kV que lo solicite. Esta tarifa considera precios diferenciados para suministros en período de punta, en período fuera de punta medio y en período de fuera de punta bajo del sistema eléctrico.
Tarifa por Bloque Horario (ATH):
Se aplica a aquellos clientes que la soliciten y considera diferentes precios, dependiendo de los horarios de suministro de electricidad, ya sea en períodos de punta o fuera de punta.