POR LA CUAL SE SANCIONA A LA UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (ULACIT) , CON MULTA POR LA SUMA DE CINCO MIL BALBOAS (B/. 5,000.00) , POR INCURRIR EN LA INFRACCIÓN DE LA LEY, INDICADA EN EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 64 DEL DECRETO LEY NO. 2 DE 7 DE ENERO DE 1997.

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