Por la cual se otorga a LA VOZ DE PANAMA, S.A., un período de cura de doce (12) meses para reiniciar la transmisión de la frecuencia 1060 KHz, autorizada para la operación del Servicio Público de Radio Abierta Tipo A (No.801).
Por la cual se otorga a LA VOZ DE PANAMA, S.A., un período de cura de doce (12) meses para reiniciar la transmisión de la frecuencia 1060 KHz, autorizada para la operación del Servicio Público de Radio Abierta Tipo A (No.801).