G.O. 27864 de 2015-09-09

Por la cual se comunica a los concesionarios de los Servicios de Telecomunicación Básica Local (No.101), Internacional (No.103), de Comunicaciones Personales (No.106) y de Telefonía Móvil Celular (No.107), que en el caso que detecten tráfico irregular de llamadas, pueden proceder al bloqueo de las líneas telefónicas, previo cumplimiento de requisitos.

Resolucion